Acorde con la Ley 1581 de 2012, se habilitó el Registro Nacional de Bases de Datos. El pasado 3 de noviembre de 2015 la Superintendencia de Industria y Comercio, expidió la Circular 002 de 2015, la cual habilita el Registro Nacional de Bases de Datos, esto acorde a la Ley 1581 de 2012.
EL Registro tiene consigo cosas interesantes la primera de ellas, es que da unos plazos de acuerdo al NIT para que las empresas de naturaleza privada inscritas en las cámaras de comercio cumplan con está obligación.
La inscripción debe hacerse en cualquier momento dentro del año siguiente que la SIC, habilite el registro, lo que significa que las empresas tienen plazo hasta el 9 de noviembre de 2016.
En Colombia todavía faltan muchas empresas que no cuentan con políticas o procedimientos de protección de datos personales. Así mismo, algunas piensan que por contar con un documento en Word es más que suficiente. El registro que se habilita es un buen termómetro para mirar el cumplimiento de la Ley 1581 de 2012.
ÚLTIMOS DÍGITOS NIT (SIN EL DÍGITO DE CONFIRMACIÓN) | PLAZO |
De 00 a 24 | Del 09/11/2015 a 08/02/2016 |
De 25 a 49 | Del 09/02/2016 a 10/05/2016 |
De 50 a 74 | Del 06/05/2016 a 08/08/2016 |
De 75 a 99 | Del 09/08/2016 a 08/11/2016 |
La nueva obligación del Registro Nacional de Bases de Datos, hace que las empresas revisen sus políticas de protección de datos, que hagan un inventario serio de las bases de datos, revisen sus medidas de seguridad, identifiquen los responsables y encargados de la información personal, elaboren contratos fuertes para la entrega de datos, estructuren políticas de seguridad de la información, cifren los datos, entre otras obligaciones. Pero lo más importante se empiece a generar unos procesos internos para la protección de datos y la seguridad de la información.
Con Cloud Seguro hemos venido asesorando y llevando las consultorías en la Ley 1581 de 2012, como gestionando los casos mas representativos de protección de datos personales en Colombia.
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Por: Germán Realpe
Gerente General Cloud Seguro